Por Lenin Solano
Es un principio jurídico, defendido por la doctrina, establecido en las normas adjetivas y las tratados internacionales, consagrados en las constituciones de los países democráticos (la mayoría) y ratificado por la jurisprudencia, las nacionales y las internacionales, el principio de que todo y toda ciudadana debe ser considerada inocente hasta tanto una sentencia firme establezca su culpabilidad del hecho que se le impute, principio que defendemos, pues como dijo el ilustre jurista (y también literato, filósofo y economista) italiano, en su célebre obra “De los delitos y de las penas” Cesare Beccaria, a ningún ciudadano se le puede considerar culpable y la sociedad no puede negarle la condición de inocente hasta que sentencia firme así lo determine.
Sin renunciar a dicho principio, ni desde el punto de vista filosófico ni mucho menos del jurídico, la realidad es que, no solo la sociedad sino que incluso la clase jurídica misma “determina” (por lo menos eso cree), cree saber, quiere saber, la situación legal de una o unas personas ligadas a un hecho delictivo, sobre todo si el mismo ha tenido trascendencia mediática.
Es el caso de Francelys Furcal, la homicida del chino.
Fíjense que he dicho la homicida, y no “la homicida” o la presunta homicida, porque, precisamente, es lo que venimos diciendo, la sociedad completa, incluyendo la clase jurídica, no tiene (no tenemos) duda que Francelys es la homicida. La cuestión, la duda, también para muchos abogados y abogadas (para que no debería, según nuestro criterio), es la pena que conlleva el hecho delito.
El documento probatorio por excelencia del hecho, especialmente para la sociedad y para la defensa (pues para el Ministerio Publico y la parte querellante es su gran debilidad, creer lo contrario sería absurdo), y que ha puesto en conocimiento de que indudablemente lo cometió Francelys, en el video que es público, que ha circulado y circula copiosamente. De acuerdo a lo que se puede apreciar límpidamente en el video de marras, Francelys Burgos cometió homicidio excusable, y un homicidio excusable conlleva una pena máxima de un año de reclusión.
En efecto, se aprecia diáfanamente que el occiso agredió en dos ocasiones consecutivas a la homicida, no solo provocando a esta última, sino además y sobre todo cometiendo, en caso de no haber perdido la vida, violencia de género y contra la mujer, tipificada y sancionada en nuestra legislación penal, lo que agrava incluso su provocación. Lo de Francelys fue una reacción a ello.
Nuestro código penal establece que el que comete homicidio como reacción a una provocación, amenaza o violencia grave, y “El chino” cometió violencia grave, la pena es de tres meses a un año de prisión correccional, pues aunque plantea que la pena puede ser de seis a dos años, esto se presenta cuando el crimen cometido conlleva una pena de treinta años, y esta penal es solo para el asesinato y el homicidio agravado, cuyos requisitos para su configuración están lejos de este hecho.
La fiscalía sometió por homicidio voluntario, y lo defendió ante los medios, pero esto no es más, o que querer complacer a las autoridades chinas o congraciarse con la sociedad, irresponsabilidad en ambos casos, y por demás actuación contraria a los mandatos constitucionales y legales del Ministerio Publico, especialmente en su ley estatuaria, que le ordena actuar “con criterios que permitan investigar, tanto los hechos y circunstancias que fundamenten o agraven, como los que eximan, extingan, o atenúen la responsabilidad de quien es imputado o acusado de una infracción penal, velando únicamente por la correcta aplicación de la Ley”.
Aun con esta realidad es evidente sin embargo que le impongan prisión preventiva, pero ello por haberse fugado incluso fuera del país, lo que permite advertir el peligro de que pueda fugarse ante una medida diferente.
“Excellent!”
“Impressive!”
“You’re amazing!”
“Well done!”
¿Debería considerarse el contexto de Francelys Furcal al determinar su pena?
¡Increíble cómo la ley puede ser tan estricta en algunos casos!
¿Debería considerarse el contexto de Francelys Furcal al determinar su castigo?
¿Creen que la pena máxima es justa en este caso? ¡Qué locura!
¿Crees que la pena máxima de un año es justa en este caso?
¡Qué injusto que la pena máxima sea solo un año! ¿No debería ser más severa?
¡Pobre Francelys! ¿Realmente merece un año de cárcel por un accidente? ¡Debate abierto!
¿Se merece Francelys Furcal la pena máxima por la muerte del chino? ¡Opiniones!
¿Realmente merece Francelys Furcal la pena máxima por este trágico accidente?